1.- Por disposición del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Sonora, máximo órgano colegiado del Poder Judicial del Estado de Sonora conforme a lo dispuesto en la Constitución Política del Estado de Sonora y en su Ley Orgánica, se ponen a disposición de la comunidad algunos servicios en línea disponibles en el sitio de internet oficial del Poder Judicial, mismos que se regulan mediante los Acuerdos Generales 04/2020, 05/2020, 06/2020, 07/2020, 08/2020, 09/2020 y 10/2020, y consisten en los siguientes:
• Solicitud de turnos para acudir a Juzgados, Tribunales y Oficialías de Partes Comunes a presentar demandas y diversas promociones, así como para consultar expedientes, todo ello en materias Civil, Mercantil y Familiar.
• Solicitud de turnos para acudir a Juzgados, Tribunales y Oficialías de Partes Comunes a presentar escritos o promociones, así como a consultar expedientes, en materias Penal tradicional, Justicia Especializada en Adolescentes, y Ejecución de Sanciones.
• Celebración de audiencias por medio de videoconferencias en tiempo real en materias Penal tradicional, Justicia Especializada en Adolescentes, y Ejecución de Sanciones.
• Celebración de audiencias por medio de videoconferencias en tiempo real en materia de Oralidad Penal.
• Celebración de Convivencias Familiares Asistidas, por medio de videoconferencias o videollamadas en tiempo real.
• Servicios de Mediación en línea, a través del Centro de Justicia Alternativa, por medio de videoconferencias o videollamadas en tiempo real.
2.- El(a) usuario(a) debe estar consciente de que los servicios en línea que se ponen a su disposición son una alternativa que permitirá el acercamiento a los órganos jurisdiccionales de manera controlada y organizada, ante la pandemia que se vive por la presencia de la patología denominada Covid-19, ello con el propósito de prevenir el riesgo de contagio y que sea una opción segura, para lo cual se requiere la suma de voluntades de todos los involucrados en el servicio de impartición de justicia, sobre todo considerando que el uso de las tecnologías de la información y comunicación virtual son una herramienta que actualmente es empleada desde diversas perspectivas en la Impartición de Justicia en nuestro país, por lo que el Poder Judicial del Estado de Sonora debe dirigir su rumbo hacia esas buenas prácticas.
El(a) usuario(a) deberá leer los diversos Acuerdos Generales que se mencionan en el primer párrafo del punto “1” que antecede, mismos que fueron publicados en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora y están visibles en el mismo sitio web del Poder Judicial del Estado de Sonora, así como en el acceso directo a los mismos, ubicado en el apartado “Normatividad” en los sistemas electrónicos.
3.- El(a) usuario(a), en el uso de los sistemas electrónicos, se compromete a:
a) Alimentar el sistema con datos reales e importar documentos fidedignos.
b) Solicitar únicamente las citas que requiere, hacer buen uso de ellas y cancelar en el propio sistema aquellas citas programadas que no utilizará.
c) No divulgar ningún tipo de información propiedad del Poder Judicial a la que en uso de los diversos sistemas electrónicos tenga acceso.
d) Hacer del conocimiento de la Dirección General de Servicios de Cómputo perteneciente a la Oficialía Mayor del Supremo Tribunal de Justicia, sobre cualquier falla o anomalía que advierta en el uso de los sistemas electrónicos.
4.- El(a) usuario(a), al comparecer a los recintos judiciales en uso de los turnos programados, se obliga a:
a) Ser puntual para tener posibilidad de hacer uso del tiempo concedido y retirarse también puntualmente.
b) Acudir nada más si se encuentra libre de síntomas de Covid-19 o libre de la enfermedad por haberse realizado las pruebas correspondientes.
c) Presentarse con su identificación oficial y su folio electrónico de turno, empleando cubreboca obligatoriamente, siendo deseable además que porte careta protectora.
d) Cumplir los protocolos de sanidad que se le indiquen en el recinto judicial, que pueden consistir en uso de gel antibacterial, tapete para aseo de las suelas de sus zapatos, y toma de temperatura mediante dispositivo láser.
e) Al interior de las áreas a las que acuda en su turno, deberá guardar, en la medida de lo posible, una distancia de un metro y medio respecto de otras personas; abstenerse de recargarse o apoyarse en mostradores, escritorios u otras áreas y emplear el estornudo de cortesía (en el ángulo que se forma al doblar el brazo a la altura del codo).
f) Ser respetuoso(a) y estar atento(a) a las indicaciones del personal jurisdiccional para el flujo de las personas en el lapso de tiempo de sus visitas.
g) Presentar el número de escritos y consultar el número de expedientes que, según el caso, le sean permitidos por órgano jurisdiccional.
h) Presentar el escrito o promoción en el que la parte material que representa autorice un correo electrónico para efectos de recibir notificaciones. La falta de exhibición de tal escrito o promoción será motivo suficiente para que no pueda tener acceso al expediente respectivo.
i) Hacer del conocimiento de los(as) servidores(as) públicos(as) adscritos(as) a los diversos órganos jurisdiccionales de cualquier situación que advierta durante su visita y requiera ser atendida.
5.- Toda la información que genere el uso de los sistemas electrónicos mediante los cuales se presten los servicios en línea mencionados, así como el contenido de las audiencias, convivencias familiares asistidas por profesionales en Psicología y audiencias de mediación, queda sujeto a lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, y en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Sonora, entre otros ordenamientos legales que puedan resultar aplicables.